La eficiencia energética en el hogar

¿Qué es la eficiencia energética?

Definimos eficiencia energética como el uso eficiente de la energía. Un aparato, proceso o instalación es energéticamente eficiente cuando consume una cantidad inferior a la media de energía para realizar una actividad. Una persona, servicio o producto eficiente comprometido con el medio ambiente, además de necesitar menos energía para realizar el mismo trabajo, también busca abastecerse, si no por completo, con la mayor cantidad posible de energías renovables (también llamadas energías alternativas).

La eficiencia energética busca proteger el medio ambiente mediante la reducción de la intensidad energética y habituando al usuario a consumir lo necesario y no más. Las emisiones de CO2 que enviamos a la atmósfera son cada vez mayores y, por ese motivo, la eficiencia energética se ha convertido en una forma de cuidar al planeta ya que, no solo está en usar electrodomésticos que consuman menos, sino en que seamos nosotros quienes consumamos menos y de forma más “verde”.

El uso masivo de fuentes energéticas contaminantes y no renovables nos está llevando a una situación insostenible con el planeta. Es nuestro deber como ciudadanos responsables, modificar nuestros hábitos de consumo energético para alcanzar unos niveles de sostenibilidad que frenen el avance del cambio climático.

Fuente: Factor energía

Vídeo consejos GENCAT

¿Cómo conseguir un hogar más eficiente energéticamente?

  1. Cambiar la iluminación

Supone el 10% del consumo eléctrico de los hogares por lo que debemos cuidar mucho no sólo el número de bombillas y fuentes de iluminación, sino también el tipo, te ayudará a realizar un gran ahorro y aprovechar al máximo la energía.

Las bombillas de bajo consumo y las bombillas LED son tus mejores opciones, aunque las primeras tienen un consumo ligeramente inferior a las LED, su vida útil es considerablemente más baja (una media de 10.000 horas frente a las 50.000 de las LED) y, además, deben tratarse como residuos peligrosos, ya que contienen gases contaminantes. 

Luces Led de bajo consumo

2. Un buen aislamiento: ahorra en calefacción

La calefacción es uno de los grandes monstruos consumidores de electricidad en tu hogar. De hecho, suponen casi la mitad del gasto anual de energía en tu casa.

Un buen aislamiento, especialmente en puertas y ventanas, te ayudará a conservar el calor durante los meses fríos, para que puedas reducir al mínimo el uso de calefactores y otras fuentes de calor. Además, no te olvides de aprovechar el calor natural del sol: abre bien las persianas para que penetre todo el tiempo posible y te aseguramos que notarás la diferencia.

Sin embargo, en los meses calurosos, deberás hacer todo lo contrario: durante las horas de mayor calor, baja las persianas y abre ligeramente las ventanas, para que el interior de la vivienda se mantenga lo más fresco posible. Los ventiladores en el techo también son grandes aliados.

Relaxing woman sitting comfortable in sofa lounge chair smiling happy looking at camera.

3. Electrodomésticos A+++

Los electrodomésticos son otro de los grandes consumidores energéticos de nuestro hogar. Algunos de ellos, como puede ser el frigorífico, necesita estar enchufado continuamente, pero una gran cantidad de ellos puede ser desenchufados a la hora de no ser utilizados, evitando así que sigan consumiendo en modo “stand by”.

Otra recomendación es que tengas mucho cuidado y te fijes en la etiqueta de eficiencia energética de los electrodomésticos que vayas a comprar y también de los que tengas actualmente en casa. No tengas miedo en invertir en electrodomésticos con categoría A + o superior: merecerá la pena y tu bolsillo te lo agradecerá. 

¡Y un último consejo! Elimina o reduce al mínimo el uso de determinados electrodomésticos, reduce al mínimo el uso de determinados electrodomésticos, como la secadora o la plancha. ¡Consumen muchísimo!  

4. No desperdicies ni una gota de agua

Calentar el agua que usarás para ducharte, para lavar la ropa o los platos es otra acción que consume muchísimo, por lo que recomendamos que intentes reducirla al máximo: toma duchas cortas (ahorrarás muchísima agua, además), no pongas lavadoras y lavavajillas si no los cargas al máximo y evita desperdicios de agua innecesarios.

Usar grifos monomando o instalarles aireadores te ayudará a reducir el consumo de agua. ¡Y no te olvides del inodoro! Los sistema de doble pulsador o descarga parcial en las cisternas también son fundamentales.

Por cierto, no olvides que los sistemas de acumulación de agua caliente siempre son más eficientes que los de producción instantánea. Por no hablar de instalar recolectores de agua con depósitos para aprovechar la lluvia al máximo.  

5. Apuesta por el autoconsumo eléctrico: instala paneles solares

Con los cambios recientes en la normativa, pasarse al autoconsumo para cubrir las necesidades energéticas de tu hogar no solo es sencillo, sino también rentable, esto te permitirá reducir tu factura de la luz hasta el 50%.

Mother with her little son by solar panels

Consejos de Sotysolar

Contenido mínimo del certificado energético según el nuevo RD 390/2021

El certificado de eficiencia energética es un documento obligatorio para la venta y alquiler de inmuebles. Tanto para nuevos como para existentes desde 2013. Por lo tanto los propietarios deberán de solicitarlo a un técnico habilitado, si no disponen del documento. También deberán renovarlo si disponen del mismo, pero el plazo de vigencia ha vencido ¿Sabes cuál es el contenido mínimo del certificado energético? ¿Qué información mínima deber contener teniendo en cuenta la normativa que lo regula? El certificado energético tiene que ser un documento completo para que sea válido ¿Sabes cómo regula el contenido del certificado el nuevo RD 390/2021 del 1 de junio? Te lo explicamos todo.

Actualizado a 08-06-2021

Desde el 1 de Junio de 2013 propietarios de viviendas, locales y edificios deben disponer del certificado energético siempre que quieran vender o alquilar sus propiedades. Para ello deben de acudir a un profesional habilitado para la emisión del mismo. Desde entonces, poco ha variado el contenido mínimo del certificado energético así como la documentación generada:

– El propio certificado de eficiencia energética (certificado energético).

– La etiqueta energética tras el registro.

– Documento justificativo del registro del certificado en el organismo encargado de la gestión del certificado energético en cada Comunidad Autónoma.

– Justificante del pago de la tasa por el registro del certificado para que sea un documento oficial.

Además desde el 14 de Enero de 2016 hubo cambios normativos que se trasladaron a los programas informáticos oficiales para la certificación energética de edificios. Desde entonces también se genera:

– El archivo XML para el registro telemático.

– El informe de las medidas de mejora de coste-eficacia que genera CE3X.

Nuevo RD 390/2021 que deroga al RD 235/2013

Ahora bien, desde el 3 de junio de 2021 disponemos del nuevo RD 390/2021 del 1 de junio que deroga al RD 235/20113. Recordemos que este real decreto regula el procedimiento básico para la certificación energética de edificios.

Con la nueva redacción aparecen importantes novedades: se modifica el periodo de vigencia del documento, se incluye la obligatoriedad de la visita presencial para el técnico certificador o se determina la responsabilidad de las inmobiliarias en cuanto a la inclusión de la calificación energética en los anuncios de venta y alquiler de inmuebles. En este artículo puedes comprobar todas las novedades del nuevo real decreto.

A continuación, te explicamos cuál es el contenido mínimo del certificado energético con el nuevo RD 390/2021 del 1 de junio.

Qué dice el RD 390/2021 sobre el contenido mínimo del certificado energético

El RD 390/2021 del 1 de junio es el nuevo documento que regula el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios y de partes de edificios. Tanto para existentes como para nuevos. Este RD recoge en su artículo 8. Contenido de la certificación de eficiencia energética, la información mínima que debe contener el certificado:

a) Identificación del edificio o de la parte del mismo que se certifica, incluyendo su referencia catastral. En su caso la existencia de circunstancias especiales de catalogación arquitectónica.

Se trata de los datos identificativos del inmueble que aparecerán en la portada del certificado. La referencia catastral la podremos consultar en la sede electrónica del catastro introduciendo la dirección física del inmueble.

b) Indicación del procedimiento reconocido al que se refiere el artículo 5 utilizado para obtener la calificación de eficiencia energética.

El procedimiento elegido para la certificación energética de edificios tiene que ser documento reconocido y estar inscrito en el Registro General del Ministerio de Energía. Actualmente disponemos de diversas herramientas reconocidas:

– Herramienta unificada Lider-Calener HULC.

– CYPETHERM HE Plus.

– SG SAVE.

– CE3.

– CE3X y su complemento para certificar edificios nuevos.

– CERMA.

Todos ellos publicados en la web del Ministerio para la transición energética. En el apartado documentos reconocidos del Registro general. Utilizar cada uno dependerá del uso del edificio, de si es nuevo o existente y del tipo de instalaciones a incluir en el cálculo.

Por otro lado, en el artículo 5.2 del RD 390/2021, indica qué hacer en el caso de que haya que incluir en la calificación elementos singulares. En este caso, se hará uso del procedimiento establecido en el documento informativo Aceptación de soluciones singulares y capacidades adicionales a los programas de referencia y alternativos de calificación de eficiencia energética de edificios.

c) Indicación de la normativa sobre ahorro y eficiencia energética de aplicación en el momento de su construcción.

Este dato está directamente relacionado con los valores por defecto que se utilicen para la definición de los elementos de la envolvente térmica. Dichos valores por defecto dependen de la normativa de aplicación seleccionada para la elaboración del certificado según el año de la construcción del edificio introducido:

– Antes de 1981, no existía normativa de obligado cumplimiento que regulara la eficiencia energética en los edificios.

– Entre 1981 y 2007, se aplicaba la NBE-CT 79.

– Entre 2007 y 2014, se aplicaba el CTE-HE-2009.

– Desde 2014 hasta 2019, se aplica el CTE-HE-2013.

– Desde 2020, se aplica el CTE-HE-2019.

Hasta aquí todo lo enumerado  formará parte del contenido de la portada del certificado de eficiencia energética:

Fuente: Certificados Energéticos

Certificación oficial de eficiencia energética de edificios en Catalunya (Gencat)

La certificación energética de los edificios tiene como objetivo promocionar la eficiencia energética en los edificios y la utilización de energías renovables para cubrir sus necesidades de energía y reducir las emisiones de CO2.

El certificado energético da información útil al usuario que desea comprar, alquilar, reformar o ampliar una vivienda, valorar sus características energéticas y conocer el gasto energético anual aproximado.

En Cataluña, el certificado energético cuenta además con un informe adicional que evalúa las características de la vivienda en comparación con la media de su zona climática y con las viviendas calificadas con una A. También contiene información sobre el ahorro económico si es aplican medidas para reducir el gasto energético. Y en el caso de edificios existentes, el certificado además incorpora recomendaciones y mejoras para obtener un comportamiento energético más eficiente, aumentar el confort de la vivienda y reducir el gasto energético.

La certificación de eficiencia energética de los edificios está regulada por Real Decreto 390/2021. Esta normativa incorpora las indicaciones de la Directiva (UE) 2018/844, por la que se modifica la Directiva 2010/31/UE relativa a la eficiencia energética de los edificios y la Directiva 2012/27/UE relativa a la eficiencia energética.

¿En qué puede ayudar la certificación?

La certificación energética de los edificios proporciona información útil a toda la ciudadanía que quiera comprar, alquilar, reformar o ampliar una vivienda y expone las características energéticas de la misma. También es útil para la propiedad de los edificios que deban pasar la Inspección Técnica del Edificio (ITE). Permite que los interesados ​​puedan valorar si la vivienda que consideran comprar o alquilar tiene las características energéticas adecuadas, y conocer el gasto energético aproximado que representará al cabo del año.

Asimismo, el certificado va acompañado de un documento de recomendaciones sobre las mejoras que se pueden hacer para obtener un comportamiento energético más eficiente, aumentar el confort de la vivienda y por tanto reducir el gasto energético si se hace una buena aplicación de las medidas propuestas.

Los edificios o partes de edificios ocupados o propiedad de una administración pública de más de 250 m2, y los edificios o partes de edificios de determinados usos de más de 500 m2, deben disponer del certificado energético y al mismo tiempo mostrar la etiqueta energética del edificio.

Con el fin de completar el procedimiento de certificación de eficiencia energética en los edificios, tanto existentes como de nueva construcción, se tiene que realizar el trámite de inscripción al registro. Una vez se haya rellenado el formulario con todos los datos pertinentes, el ICAEN revisará y elaborará la etiqueta del certificado que estará a disponible en el buscador de certificados de eficiencia energética de edificios.

Para la solicitud o trámites de este procedimiento se han habilitado formularios específicos, que son de uso obligatorio. En caso de que se presente la solicitud o trámite mediante otros formularios, estos se tienen por no presentados, de acuerdo con el artículo 16.8 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y, por tanto, la fecha a partir de la cual se entenderá presentada la solicitud o trámite será la fecha de entrada del formulario específico señalado.

Acto seguido podéis encontrar información de los diferentes trámites y procedimientos relacionados con la certificación de eficiencia energética en los edificios:

  1. Certificado de eficiencia energética de edificios / parte del edificio
  2. Buscador de certificados de eficiencia energética de edificios
  3. Más info sobre trámites en Gencat

Fuente: GENCAT

5 respuestas a «La eficiencia energética en el hogar»

Deja una respuesta

Introduce tus datos o haz clic en un icono para iniciar sesión:

Logo de WordPress.com

Estás comentando usando tu cuenta de WordPress.com. Salir /  Cambiar )

Foto de Facebook

Estás comentando usando tu cuenta de Facebook. Salir /  Cambiar )

Conectando a %s

A %d blogueros les gusta esto: